¿Cómo puedo obtener la nacionalidad española?
- Nacionalidad por Residencia
- Nacionalidad por Carta de Naturaleza
- Nacionalidad por posesión de Estado
- Nacionalidad por Opción
- Nacionalidad para Españoles de Origen
A continuación te explicamos un poco más a detalle sobre cada opción.
Nacionalidad por residencia
El extranjero que se encuentra en el territorio español, tiene que acreditar su residencia continua, legal e inmediatamente anterior a la solicitud durante un tiempo determinado, así como el cumplimiento de determinados requisitos adicionales.
Nacionalidad por Carta de Naturaleza
Esta forma de solicitar la nacionalidad española no tiene requisitos objetivos de tiempo de residencia en España u otros de arraigo o medios económicos. Tiene un caracter graciable y se otorga discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto tras valorar circunstancias de merito excepcional realizado por parte del extranjero para el Gobierno Español.
Nacionalidad por posesión de Estado
Tendrá derecho a la Nacionalidad Española aquella Persona que haya poseído y utilizado esta Nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es Español en realidad), en base a un Título inscrito en el Registro Civil.
Nacionalidad por opción
- Aquellas Personas que estén o hayan estado sujetos a la Patria Potestad de un Español.
- Aquellas Personas cuyo Padre o Madre hubiera sido Español y hubiera nacido en España.
Nacionalidad para Españoles de Origen
Los nacidos en España cuando sean hijos de Padres Extranjeros si, al menos uno de los Padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de Diplomáticos).
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